El Club Argentinos Juniors deberá pagar un millón de dólares a una empresa de representación de futbolistas, por el pase del jugador paraguayo Néstor Ezequiel Ortigoza a San Lorenzo de Almagro. El club de La Paternal fue condenada por la Justicia en lo Comercial, que reconoció la deuda a favor de HAZ Sport Agency, anotada oficialmente en la AFA e integrada por los empresarios argentinos Fernando Hidalgo y Gustavo Arribas, y el israelí Pinhas Zahavi.
La resolución, a lo largo de sus 39 páginas, es una muestra de cómo se manejan algunos clubes para obtener dinero cómo llevan sus contabilidades y de qué manera los “grupos inversores” hacen grandes negocios a partir de detectar a un deportista se proyecta como figura.
La Sala C de la Cámara en lo Comercial acaba de resolver la demanda entablada por Haz Sport Agency contra Argentinos “por cumplimiento de un contrato de venta, cesión y transferencia del 50% de los derechos económicos sobre la totalidad del pase de un jugador de fútbol -Néstor Ezequiel Ortigoza-, y resarcimiento de daños y perjuicios”. Según se desprende del expediente, al que tuvo acceso Infojus Noticias, el 25 de febrero de 2004, cuando Ortigoza tenía 19 años, Haz compró el 50 por ciento de los derechos económicos en 170.000 dólares. Siete años más tarde, el futbolista fue transferido a San Lorenzo de Almagro. Según los registros, por dos millones de dólares, aunque del propio fallo se desprenden dudas sobre cuánto fue el monto real de la operación.
Argentinos Juniors debió pagarle a Haz un millón de dólares, pero no lo hizo, sino que “planteó la nulidad del referido contrato de venta, cesión y transferencia” argumentando que “ese convenio es de objeto prohibido y, por lo tanto, nulo de nulidad absoluta; que fue anudado por quien careció de capacidad para así hacerlo”. En resumidas cuentas, no se puede transferir futbolistas a particulares.
La Justicia determinó que “el objeto principal del contrato fue la venta, cesión y transferencia del 50% de los derechos económicos sobre la totalidad del producido de dicho pase, y que las cláusulas restantes se hallaron enderezadas a asegurar y preservar el negocio que se concretaría en caso de realizarse dicho pase”.
En ese contexto, “el inversor arriesga el capital que aporta en tanto desconoce si en el futuro el jugador será transferido y en ese caso, a qué precio, es utilizada por los clubes de fútbol para obtener financiamiento sin desprenderse de sus jugadores”.
El contrato estipulaba que “la cesión o transferencia de los derechos federativos del pase del jugador, bajo cualquier forma o modalidad, sería dispuesta de común acuerdo entre los contratantes”. Se prohibió a Argentinos “transferir bajo ningún concepto total o parcialmente, el registro federativo del pase del jugador sin la expresa y fehaciente conformidad de Haz S.A.”.
Lo que Argentinos Juniors cedió a Haz no fueron esos derechos federativos, sino el 50 por ciento de los derechos económicos emergentes del pase de Ortigoza. “La validez de estos contratos ha sido reconocida por la AFA, al sancionar el "Régimen de Anotación y Archivo de cesiones de beneficios económicos por transferencias de contratos". Un viso de legalidad a una situación que se daba de hecho desde muchos años antes.
El fallo, firmado por los jueces Eduardo Machin y Juan Roberto Garibotto, convalidó esa situación: “lo que es prohibido por las normas es la cesión de derechos federativos que solamente puede ser efectuada a favor de nada más que clubes federados a alguna de las asociaciones del fútbol organizado; pero no lo es cuando de la cesión de derechos económicos se trata, en el sentido del derecho a percibir un porcentaje de la prima que puede cobrar el club que transfiere a un jugador afiliado a otra institución deportiva”. Si a los “grupos inversores” les faltaba un aval legal a sus actividades, la Justicia se los acaba de dar.