En la nota, firmada por la presidente y el secretario del Consejo, Gabriela Russo y Julio Rotman, respectivamente, se efectúan consideraciones sobre la posibilidad de que los contribuyentes que tengan deuda proveniente de intereses, con capital cancelado previamente, permitirles incorporar intereses de obligaciones cuyo capital no esté incluido en el mismo.
Por otra parte, se pidió la incorporación de retenciones y percepciones de la seguridad social considerando que actualmente ya están comprendidas las retenciones y percepciones impositivas. Además, se solicita que puedan incluirse las obligaciones correspondientes a los Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales cuyo vencimiento regía a partir del 1 de mayo de 2019 y esto se haga extensivo a Personas Jurídicas en la misma situación hasta el 31 de agosto.
En efecto, la AFIP implementó un nuevo plan de pagos para deudas vencidas hasta el 15 de este mes y con una tasa máxima del 2,5% mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y autónomos. Los contribuyentes podrán ingresar en esta iniciativa entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre de este año.
El primer pago del nuevo plan se hará en diciembre próximo, según la resolución general 4557. Para este amplio universo de contribuyentes, se contempla un máximo de hasta 120 cuotas sin ningún pago a cuenta y, además, la suspensión por 90 días corridos de la traba de medidas cautelares. También, podrán disponer libremente de las sumas previamente embargadas.
Hasta ahora, el plan de deudas vencidas tenía un tope de 60 cuotas y permitía incluir las obligaciones exigibles hasta abril último. En este sentido, cabe destacar que a partir del 17 de septiembre se podrán refinanciar las deudas incluidas en el plan anterior.
El nuevo plan permite regularizar las obligaciones impositivas y previsionales. En tanto, las obligaciones anuales (Ganancias y Bienes Personales) se podrán financiar a través del Miniplan, que se reabrirá entre el 2 de septiembre y el 31 de octubre.
Por otra parte, la AFIP categorizará como Pymes a los contribuyentes que no se hayan registrado previamente como tales a los fines de incluirlos entre los beneficiarios de estas medidas, en base a parámetros objetivos y análogos a los del Ministerio de Producción.
César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados señaló que "el alivio fiscal a través de este nuevo plan a 10 años es una buena medida".
"Pero para que sea más beneficiosa, el Congreso Nacional debería sancionar una ley de moratoria que condone las sanciones", precisó Litvin.
En igual sentido se manifestó el abogado Marcelo Echevarría-representante de empresas: "A pesar de los esfuerzos del Administrador Federal con un nuevo plan de 120 cuotas, es necesario que el Congreso trate la ley de moratoria para condonar intereses y multas".
Echevarría justifica su reclamo en "la crisis que padecen diversos rubros industriales, el cierre masivo de comercios, los concursos preventivos y quiebras de Pymes, además de la crítica situación de la industria, entre otros".
"A la fecha parecería no haber existido voluntad política de tratar ese Proyecto de Ley que beneficia la producción y morigeraría el desempleo", advierte el experto.
Lo concreto es que, primero desde la AFIP y recientemente con las últimas medidas adoptadas luego de las elecciones PASO 2019, se han ampliado las cuotas de los regímenes de facilidades de pagos. Constituyen medidas positivas pero que sólo tienden a "parar la hemorragia" de una herida de carácter terminal, lo cual su curación es lo que constituye el tema de fondo (oxigenar para reactivar Pymes, comercios e industrias) requiriéndose para ello la realización de una "cirugía mayor", la cual únicamente será posible con la sanción de una ley nacional que contemple una moratoria impositiva y previsional./mundoempresarial.com.ar