La Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) resolvió -por unanimidad- declararse competente para entender en el proceso iniciado por el amparo planteado por el jefe de Gabinete -y gobernador en uso de licencia-, Juan Manzur, sobre si la Constitución lo habilita o lo cancela para ser candidato a vicegobernador de la provincia por el Partido Justicialista (PJ) en las elecciones del 14 de mayo de 2023.
La sentencia lleva las firmas de Daniel Leiva (presidente),
Antonio Estofán (vocal decano), Eleonora Rodríguez Campos, Claudia Sbdar y
Daniel Posse (estos dos últimos, con diferencias en cuanto al argumento del voto).
La resolución del máximo tribunal da respuesta al primer
paso necesario para avanzar en el proceso, la cuestión de la competencia sobre el
planteo que Manzur realizó el 20 de octubre, con el patrocinio del abogado
Antonio Raed.
Ahora, la CSJT deberá resolver sobre la cuestión de fondo:
habilitar o declarar inconstitucional la candidatura a vicegobernador de quien
haya cumplido dos mandatos como primer mandatario provincial (si bien se expedirá
sobre el caso puntual de Manzur, marcará jurisprudencia a futuro).
En su escrito, el jefe de Gabinete recordó que, si bien la
Carta Magna de 2006 fija un límite de dos mandatos consecutivos para el
gobernador, sí habilita a un vicegobernador reelecto a ser titular del Poder
Ejecutivo en un período siguiente. "Lo que la Constitución provincial no
prevé es la alternativa de que el gobernador pueda aspirar a la vicegobernación,
resultando así que la necesidad de despejar cualquier duda sobre el particular
es, a todas luces, impostergable", expresó.
Leiva, Estofán y Rodríguez Campos advirtieron que "de los términos de la demanda se colige que el asunto traído a conocimiento y resolución de esta Corte no es de índole administrativa o tributaria, sino de naturaleza política, constitucional e institucional". De allí que la cuestión debe ser resulta por el máximo garante de la Constitución: la Corte.