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Desregulación del transporte de media y larga distancia: ¿Cómo afecta a Tucumán?

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El secretario de Transporte de la provincia, Vicente Nicastro, explicó en Prensa Multimedios que la decisión del gobierno nacional no tiene injerencia en los servicios de media distancia bajo jurisdicción provincial. Sobre los viajes interprovinciales, consideró que puede ser perjudicial para las localidades más alejadas y con pocos habitantes.

Bajo el argumento de generar más oferta para los pasajeros, el Gobierno desreguló el Transporte Automotor de larga y media distancia a partir del Decreto 883. El mismo dispone que ya no existirá más la clasificación del transporte en servicios públicos, servicios de tráfico libre, servicios ejecutivos y servicios de transporte para el turismo, sino que directamente todos los servicios serán libres.

Según explicó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, “a partir de ahora las empresas podrán elegir sus horarios, rutas, precios, tamaño de sus vehículos y paradas sin necesidad de autorizaciones ni trámites engorrosos".

Uno de los puntos más controvertidos de la medida es la eliminación de la obligatoriedad de parar en las terminales, pudiendo de esta manera eludir los controles de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, que en su mayoría se realizan allí. En este sentido, las empresas tampoco van a estar obligadas a pagar el toque de dársena a las terminales, al poder elegir donde hacer sus paradas. El decreto les permite también poder hacerlo en aeropuertos, lo que antes se encontraba prohibido.

Por otro lado, se flexibiliza la inscripción de las empresas. Más en detalle, los transportistas y empresas podrán iniciar sus actividades automáticamente a partir de los 5 días hábiles administrativos de la fecha de su inscripción en el Registro Nacional de Transporte para pasajeros, el cual será público, online y no tendrá costos.

Asimismo, el permiso no tendrá más un plazo determinado: la explotación del servicio público de transporte automotor de pasajeros ya no tendrá una vigencia de 10 años.

Sobre los cambios para los pasajeros, como el Estado determinó que a partir de ahora no son más servicio público, las empresas ya no estarán obligadas a llevar personas con discapacidad gratis y se elimina la política de devolución de pasajes ante cancelaciones. Además, se elimina cualquier obligación de las empresas de conectar ciertos destinos que no son rentables, lo que podría dejar aisladas ciertas regiones con poca densidad poblacional.

También se eliminan las bandas tarifarias que fijaban un precio del boleto máximo, lo cual estaba determinado por el Gobierno. Desde el sector privado advierten que, depende la demanda y los destinos, algunas tarifas podrían bajar y otras subir.

Qué pasa con el transporte interurbano

Según explicó Nicastro, la medida no afecta a los servicios bajo jurisdicción provincial, que por el momento siguen considerándose transporte público. Por lo tanto, siguen vigentes todas las disposiciones ya conocidas.

No obstante, aclaró que se debe esperar la publicación de las normas complementarias para comprender la profundidad de la medida adoptada.

Por otro lado, consideró que la eliminación de la obligatoriedad de conectar los destinos menos rentables puede perjudicar a las localidades más alejadas y con menos cantidad de habitantes. "Se puede suponer que haya beneficios para las líneas comerciales rentables, generando una mayor oferta de servicios y mejorando también el precio. Pero también puede ocurrir que haya una baja de frecuencia en los recorridos en los circuitos menos rentables y que eso incremente los precios", añadió.

En cuanto a los controles, remarcó que las provincias y municipios tienen la competencia para definir ciertas restricciones, como por ejemplo, obligar a las empresas a hacer paradas en las terminales.