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"Limitar al monarca": la oposición apura la modificación de la ley de DNU

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Aunque perdieron la votación más importante, diputados de los bloques opositores lograron este miércoles fijar fecha para el tratamiento de los 16 proyectos que buscan limitar el poder presidencial.

Luego de que el oficialismo se alzara con el triunfo del blindaje al veto presidencial hacia la Ley de Financiamiento Universitario, la sesión se desmadró cuando, al momento de continuar con las cuestiones de privilegio y los homenajes tal como habían acordado en Labor Parlamentaria, el diputado de Encuentro Federal Oscar Agost Carreño hizo una moción de emplazamiento a comisiones sobre los proyectos de modificación a la Ley que regula los DNU.

El cordobés dispuso leer el pedido: “De acuerdo a lo previsto en el penúltimo párrafo del artículo 106 del reglamento esta Cámara formulo moción a fin de que se disponga el emplazamiento de las comisiones de Asuntos Constitucionales; de Peticiones, Poderes y Reglamento para que, en forma conjunta y en trabajo plenario, inicien en el tratamiento de todos los proyectos de ley referidos a la modificación de la Ley 26.122 de Régimen de Decretos de Necesidad y Urgencia”.

En tanto, propuso que se realicen reuniones informativas de estas dos comisiones el día miércoles 16 de octubre a las 17; la segunda el día 23 de octubre en el mismo horario y el día 30 de octubre estar en condiciones para dictaminar. Tras ello, la moción de emplazamiento resultó afirmativa con votación a mano alzada.

Desde que asumió el Presidente, la oposición presentó 16 proyectos para modificar la ley 26.122, que establece el régimen de tratamiento de los DNU. El primero ingresó el 26 de diciembre en el Senado, pocos días después de que Milei firmara el mega DNU 70/2023, un hito fundacional que dio la primera señal de cómo pretendía ejercer el poder y cuál sería la relación con el Congreso.

Con el correr de los meses, se sumaron otros proyectos que llevan la firma de diputados y senadores de la UCR, la Coalición Cívica (CC), el bloque Encuentro Federal y el peronismo. Todos apuntan a establecer tiempos razonables para el tratamiento de los DNU en el Congreso y a limitar su uso por parte del Poder Ejecutivo.

Las intenciones de la oposición son sancionar la nueva ley antes del fin del período de sesiones ordinarias, el 30 de noviembre, para evitar que el Presidente abuse del uso de los DNU durante el receso legislativo.

En ese proceso trabajan los diputados Juan José López, de la CC, Oscar Agost Carreño, de Encuentro Federal, y legisladores radicales, quienes buscan articular con Unión por la Patria (UP). Tanto Agost Carreño como López son autores de dos de los proyectos presentados. Ambos coinciden en proponer en sus textos que “el rechazo por alguna de las cámaras del Congreso del decreto que se trate implica su derogación”.

Esta propuesta altera sustancialmente lo establecido en la ley 26.122, que fue sancionada en 2006, con Néstor Kirchner como presidente, e impulsada en el Congreso por Cristina Fernández de Kirchner, quien en ese entonces era senadora. De acuerdo con esa norma, la derogación sólo se alcanza cuando el DNU haya sido rechazado “por ambas cámaras”. Eso le da amplias facultades legislativas al Presidente. Como consecuencia de la ley 26.122, sigue vigente el DNU 70/2023, pese a que fue rechazado en marzo por el Senado.

Atendiendo a esa situación puntual, otro de los proyectos presentados establece que los DNU solo tienen vigencia por 30 días, salvo que sean expresamente ratificados por ambas Cámaras del Congreso y convertidos en ley.

El texto que lleva la firma de Monica Litza y Ramiro Gutierrez, sostiene además que cuando el decreto del que se trate sea dictado por el PEN durante el período de receso del Congreso, este acto ocasiona la convocatoria automática a sesiones extraordinarias para su tratamiento.

Por su parte, el proyecto presentado por la UCR no modifica la necesidad de rechazo de ambas cámaras, pero si establece que los DNU perderán su vigencia si no son considerados por ninguna de las Cámaras dentro de los sesenta (60) días corridos contados desde la presentación efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros o, en su caso, del vencimiento del plazo para hacerlo. No obstante, fija que la aprobación de una de las Cámaras genera automáticamente una prórroga por otros treinta (30) días corridos, sin importar si su aprobación se dio el último día de vigencia. Además deja abierta la posibilidad de que el gobierno vuelva a emitir el mismo decreto si este perdió vigencia por no ser tratado.

Otro de los textos, en este caso presentado por Monica Fein, va más allá y establece que los DNU son caducos si el gobierno los emite durante el receso y no convoca inmediatamente a sesiones extraordinarias para su tratamiento. A lo que suma que si el Jefe de Gabinete no remite el decreto a la Comisión Bicameral en el plazo de 10 días hábiles, este pierde vigencia de manera inmediata.

En cuanto al tratamiento en las cámaras, establece un plazo máximo de 30 días para que tanto Diputados como Senadores den tratamiento al DNU, con o sin dictamen. Cumplido ese plazo sin contar con la aprobación de ambas cámaras, el decreto pierde vigencia. Del mismo modo que si cualquiera de las cámaras lo rechaza.

En igual sintonía se expresa el texto que presentó el radical Pablo Juliano, quien además agrega que los DNU deberán ser aprobados expresamente por la mayoría absoluta de los miembros presentes de cada Cámara del Congreso. Sostiene también que perderán vigencia aquellos decretos que sean rechazados por cualquiera de las Cámaras o que no sean aprobados en forma expresa por ambas Cámaras dentro de los sesenta (60) días corridos contados desde la fecha de su dictado, y se los considerará nulos de nulidad absoluta desde la fecha de su emisión.