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El gobierno de Javier Milei prorrogó la emergencia energética hasta julio de 2025

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Según lo establecido en el texto oficial, la extensión de la emergencia es esencial para garantizar la continuidad y sostenibilidad de los servicios en un contexto de crisis estructural.

Mediante el Decreto 1023/2024, el Gobierno nacional extendió la emergencia en el sector energético hasta el 9 de julio de 2025. Esta medida abarca las áreas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural.

Según lo establecido en el texto oficial, la extensión de la emergencia es esencial para garantizar la continuidad y sostenibilidad de los servicios en un contexto de crisis estructural.

Esto permitirá que los organismos competentes sigan implementando las acciones necesarias para asegurar la prestación de los servicios públicos de manera ininterrumpida.

Además aclara, que el objetivo de la prórroga es contar con el tiempo funciente para "obtener resultados satisfactorios en el marco de la emergencia", con el fin de unificar tiempos, acciones y objetivos previstos.

Asimismo, el decreto encomienda a la Secretaría de Energía la tarea de mantener los ingresos en términos reales y de cubrir las necesidades de inversión. Esto busca garantizar que los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural se sigan prestando en condiciones técnicas y económicas adecuadas, tanto para los prestadores como para los usuarios.

El ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, dispusieron adecuaciones transitorias de tarifas para los sectores del transporte y la distribución de energía eléctrica y gas natural, respectivamente. En esto organismos, se mantendrá la intervención en estos dos organismos.

La Secretaría de Energía deberá a su vez, iniciar el proceso de selección de los miembros de su Directorio.

Qué pasará con las tarifas

De acuerdo al mismo decreto, se pospone hasta julio 2025 la vigencia de los cuadros tarifarios resultantes de los procesos de revisión iniciados en 2023.

En ese marco, la normativa establece que "la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podrá exceder del 9 de julio de 2025" y se dispone que en el proceso de adecuación tarifaria se apliquen "mecanismos que posibiliten la participación ciudadana".

A su vez, el Gobierno adelantó que revisará el mecanismo de autualización tarifaria basado en la inflación pasada y se sustituirá por uno que contemple la inflación futura que permita mantener "los valores tarifarios en valores reales y los más constantes posibles", escribió el documento.

Además, afirmó que el proceso de adecuación tarifaria deberá contemplar las audiencias públicas.

En cuanto a las inversiones que debían ocuparse las empresas, el Gobierno reconoció que pese a la recomposición transitoria de tarifas no se llegaron a materializar las inversiones necesarias, "por tratarse de obras de envergadura que demoran largos plazos para materializarse".

Por último, la norma invita a las provincias a coordinar acciones con la Secretaría de Energía para reforzar la prestación de los servicios eléctricos bajo sus jurisdicciones.

Se avanza en el plan de contingencia para 2024/2026

Dentro de la Resolución, el Poder Ejecutivo menciona el "Plan de Contingencia y Previsión para meses críticos del período 2024/2026” (el Plan de Contingencia), con la finalidad de evitar, reducir o mitigar la crítica condición de abastecimiento de energía para los días críticos del período 2024/2026, en los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica.

Este había sido anunciado en octubre y establece que se se realizarán todas las acciones que permitan obtener la importación de energía y competencia de países limítrofes en horas de elevada exigencia de días críticos que oportunamente definirá CAMMESA (compañía administradora del mercado mayorista eléctrico) y crucialmente en horas pico./ambito.com