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El Gobierno dictó la conciliación obligatoria en el conflicto del Sindicato de Camioneros

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El gremio deberá acatar y suspender las medidas de fuerza que había iniciado por la falta de homologación del acuerdo paritario; será por 15 días, prorrogable por otros cinco.

El ministerio de Capital Humano, a través de la secretaría de Trabajo, dictó la conciliación obligatoria en el conflicto con el Sindicato de Camioneros que conduce Hugo Moyano. Será por 15 días, prorrogable por otros cinco. La resolución se produjo en un contexto de tensión creciente, porque el gremio había comenzado con medidas de fuerza en el sector tras no llegar a un entendimiento en la discusión de la paritaria.

“No hay acuerdo y entonces se tomarán las medidas que correspondan”, había anunciado el jueves Jorge Taboada, secretario adjunto de la Federación Nacional de Trabajadores Camioneros, tras una reunión con las autoridades de Trabajo que no quisieron homologar el incremento del 8,5% (que finalmente quedó en 8%) para el trimestre diciembre-febrero porque superaba la pauta oficial del 1% mensual para comienzos de 2025.

La confirmación llegó poco después en un comunicado de prensa: “A partir del día de la fecha iniciamos medidas de acción directa en todas las ramas del convenio colectivo, advirtiendo que cualquier consecuencia de estas medidas es responsabilidad del gobierno nacional”.

Ahora deberán suspender esas acciones y se retomarán las negociaciones. El martes a última hora algo similar había ocurrido con el sindicato de conductores de trenes, La Fraternidad, ante el anuncio de un paro por 24 horas. Trabajo adoptó esta postura debido a las medidas que podían “impedir la normal operatoria“ en las empresas nucleadas en la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (FAETYL), en la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) y en la Confederación Argentina del Transporte Automotor de Cargas (CATAC).

De acuerdo al comunicado que firmó Mara Mentoro, directora nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, la situación tiene que retrotraerse “a la existente con anterioridad al inicio del conflicto y por el plazo de duración del presente procedimiento conciliatorio”.