La Justicia rechazó el amparo de Edgardo Kueider para ser reincorporado al Senado
El legislador entrerriano, sorprendido en la frontera con Paraguay con u$s200 mil sin declarar, había presentado un escrito para intentar aferrarse a su banca.
El juez en lo contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico, rechazó "in limine" el amparo de Edgardo Kueider para ser reincorporado al Senado, por la presunta inconstitucionalidad de la sesión en la que se decidió su expulsión.
Kueider pretendía que que se declarara la inconstitucionalidad de la sesión especial y el dictado de una medida cautelar “inmediata, urgente y provisoria” a fin de que "se suspendan los efectos" de la expulsión, argumentando que en el momento en el que Victoria Villarruel dio inicio a la sesión, "el Sr. Presidente de la Nación emprendió un viaje a la República Italiana de modo que, a partir de ese momento, la Sra. Presidente de la H. Cámara de Senadores de la Nación había pasado a ejercer el cargo de Presidente a cargo del Ejecutivo, con lo cual -a su entender- no pudo ni debió haber presidido la sesión".
La Justicia argumentó que dar vía al amparo "implicaría desconocer la voluntad expresada por sus representantes en el ejercicio de facultades que le son propias a uno de los tres poderes que componen al Estado, con menoscabo para las instituciones democráticas y el Estado de Derecho", lo que produciría una “invasión del Poder Judicial en el ámbito de las potestades propias de los otros poderes de la Nación".
"La decisión allí adoptada, relativa a la remoción del Senador Nacional Edgardo Darío Kueider por inhabilidad moral para desempeñar tan eminente función pública en razón de los hechos acaecidos en la República del Paraguay, no pueden ser revisados en esta sede judicial porque su examen constituye una competencia exclusiva y excluyente atribuida al Senado de la Nación por el art. 66 de la Carta Fundamental", fundamentó el fallo.
En ese punto, el magistrado recordó un fallo de la Corte Suprema en el que el máximo tribunal "ha sostenido desde antiguo que es regla elemental de nuestro derecho público que cada uno de los tres altos poderes que forman el Gobierno de la Nación, aplica e interpreta la Constitución por sí mismo cuando ejercita las facultades que ella les confiere respectivamente".