¿Qué es una conciliación obligatoria?, el argumento de la UTA para no sumarse al paro

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Se trata de una herramienta para que las partes en conflicto deban sentarse a negociar y abandonar las acciones que llevaron al conflicto. Tiene fuerza de ley y, como tal, prevé multas para empresarios o sindicatos que no acaten la conciliación.

En la víspera del tercer paro general convocado por la Confederación General del Trabajo (CGT), desde el sindicato de choferes, Unión Tranviarios Automotor (UTA), aseguran que no pueden sumarse a la huelga porque el Gobierno los notificó sobre el dictado de una conciliación obligatoria (CO) para impedir el cese de actividades que había impulsado el gremio para los servicios dentro del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

El argumento de la UTA resonó en los oídos de los otros dirigentes de los diversos gremios del transporte más como una excusa que como una causa real. Y es que la “Conciliación Laboral Obligatoria”, nombre formal de la medida, no alcanza a las huelgas generales dictadas en contra de un Gobierno. Además, la CO solo abarca a la zona comprendida en el AMBA, por lo que las delegaciones provinciales no están obligadas a acatarla.

La CO es una instancia contemplada en la Ley 24.635 para dirimir conflictos entre una empresa y sus trabajadores. El Ministerio de Trabajo de la Nación (rebajado por este Gobierno a Secretaría), ante este tipo de conflictos, tiene la potestad de impulsar esta acción para obligar a las partes a sentarse a negociar, siendo el Estado una suerte de mediador. El Gobierno puede actuar por pedido de cualquiera de las partes o de oficio.

Pero el dictado de la conciliación obligatoria trae aparejadas otras consecuencias. La ley dispone que una vez que se llega a la instancia de conciliación las partes no podrán “adoptar medidas de acción directa”. Esto quiere decir que se debe volver a la situación anterior al inicio del conflicto: a los trabajadores se los obliga a desistir de realizar medidas de fuerza, como paros, pero también se puede dar marcha atrás con decisiones empresariales como despidos o suspensiones que hayan dado inicio al conflicto, al menos mientras dure la instancia de conciliación.

Si se llega a un acuerdo entre las partes, se debe homologar en esta instancia. En caso de no haber acuerdo queda habilitada la posibilidad de recurrir judicialmente ante la Justicia Nacional de Trabajo.

Luego de ser notificadas las partes están obligadas a cumplir con la conciliación obligatoria. Deben desistir de realizar las acciones que dieron inicio al conflicto y sentarse a negociar, de lo contrario, la ley prevé multas económicas para las partes que no acaten estas disposiciones.

¿De cuánto es la multa? Podemos tomar como referencia la sanción percibida por el Sindicato de Camioneros en 2017, ya que no suele ser tan frecuente que las partes no respeten la CO. A fines de ese año, el gremio que lideraba por ese entonces Hugo Moyano, reclamó un bono navideño para sus trabajadores y se declaró en “estado de asamblea”. El Ministerio de Trabajo dictó la conciliación obligatoria, que no fue acatada por el gremio. Esto derivó en una multa de más de $ 800 millones al sindicato, equivalente a $ 4.430 por cada uno de los 182.797 afiliados al gremio.

¿Qué sucede con los paros nacionales de la CGT?

La ley que da origen a este instrumento detalla que la conciliación obligatoria se aplica en conflictos sectoriales, en los que el Ministerio de Trabajo actúa de mediador entre los gremios y las empresas. Por eso no es aplicable a un paro general, que lo dicta una central obrera contra un gobierno. Como la medida del jueves es un paro general convocado por la CGT, no se justifica el uso de la conciliación obligatoria en este caso.

Además, como los argumentos de la huelga del jueves son distintos al conflicto que derivó en la CO, no debería aplicarse ninguna sanción a la UTA en caso de decidir plegarse al paro. Para evitar cualquier tipo de riesgos, el gremio podría, incluso, no paralizar los sevicios de colectivos en el AMBA, zona alcanzada por la conciliación, pero si realizar la huelga en el resto del país. No obstante, la decisión que se adoptaría sería, en principio, no parar en ninguna parte del país.